Poder popular constitucional para desarrollar formas de agregación comunitaria político-territorial (art.16), para participar en el reordenamiento urbano, reestructuración vial, recuperación ambiental, logros de niveles óptimos de seguridad personal y pública, fortalecimiento integral de la infraestructura del hábitat de las comunidades, sistemas de salud, educación, cultura, deporte y recreación, recuperación total del casco de las ciudades y sitios históricos, construcción de sistemas de pequeñas y medianas ciudades a lo largo de sus ejes territoriales de expansión y, en general, lograr la mayor suma de humanización posible de todo el Sistema Nacional de Ciudades y sus componentes regionales (art. 18), Poder de iniciativa para someter a referendo consultivo las materias de especial trascendencia comunal, municipal y estadal (art. 71), poder para ejercer la soberanía DIRECTAMENTE a través del Poder Popular constituyendo las comunidades, las comunas y el autogobierno de las ciudades, a través de los consejos comunales, consejos de trabajadores y trabajadoras, consejos estudiantiles, consejos campesinos, consejos artesanales, consejos de pescadores y pescadoras, consejos deportivos, consejos de la juventud, consejos de adultos y adultas mayores, consejos de mujeres, consejos de personas con discapacidad y otros entes que señale la ley.(art. 136), poder para participar y protagonizar y ejercer directamente la soberanía ejerciendo materias de competencia nacional (art. 157), poder para postular a los aspirantes a contralor General de
COMPATRIOTA, CAMARADA, VOTA SI por la verdad, SI por el Presidente CHAVEZ.
TODO REVOLUCIONARIO Y VENEZOLANO CONSCIENTE VOTA SI SI EL 2 DE DICIEMBRE.
Guillermo Colmenarez
Coordinador del Batallon de apoyo de la circunscripcion Po037





